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DECRETO NÚMERO 1753 DE 1994
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Año: 1994
“Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VIll y Xll de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales.”
DECRETA:
CAPITULO I
DEFINICIONES
ARTICULO 1o. DEFINICIONES. Para la correcta interpretación de las normas contenidas en el presente Decreto, se adoptan las siguientes definiciones:
- Ecosistema Ambientalmente Crítico: Es aquel que ha perdido su capacidad de recuperación o autorregulación.
- Ecosistema Ambientalmente Sensible: Es aquel que es altamente susceptible al deterioro por la introducción de factores ajenos o exógenos.
- Ecosistema de Importancia Ambiental: Es aquel que presta servicios y funciones ambientales.
- Ecosistema de Importancia Social: Es aquel que presta servicios y funciones sociales.
- Proyecto, Obra o Actividad: Un proyecto, obra o actividad incluye la planeación, ejecución, emplazamiento, instalación, construcción, montaje, ensamble, mantenimiento, operación, funcionamiento, modificación, y desmantelamiento, abandono, terminación, del conjunto de todas las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionadas y asociadas con su desarrollo.
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